Justificaciones de la regla de Bordauna revisión crítica

  1. Martínez Panero, Miguel
Livre:

Éditorial: Asociación Española de Economía Aplicada, ASEPELT

ISBN: 84-96477-93-2

Année de publication: 2007

Titre du volume: Área VII : Métodos cuantitativos

Volumen: 7

Pages: 268-288

Congreso: ASEPELT España. Reunión anual (21. 2007. Valladolid)

Type: Communication dans un congrès

Résumé

Mediante la regla de votación de Borda cada elector asigna puntuaciones escalonadas y descendentes a los candidatos de manera correlativa a su mayor o menor mérito. De esta forma, si hay n alternativas en litigio, la mejor valorada obtiene n-1 puntos, la segunda opción n-2, puntos, y así sucesivamente hasta llegar al peor candidato, que recibe 0 puntos. Las puntuaciones individualmente otorgadas se suman para determinar una evaluación colectiva que decide el ganador (o ganadores, en caso de empate). Sobre el método de Borda, que ha generado una extensa literatura en el marco de la Teoría de la Elección Social, siempre se ha debatido la siguiente pregunta: ¿Por qué tales ponderaciones (números naturales) y no otras? En el presente trabajo se realiza una valoración crítica de las respuestas que ha suscitado la cuestión de la posible arbitrariedad del espectro de puntuaciones empleado: desde los alegatos �filosóficos� del propio Borda (1770) y Laplace (1795) utilizando supuestos estadísticos de equiprobabilidad, o la apología que del método realiza Morales (1797, 1805) como manera idónea de �calcular la opinión�, pasando por argumentos mas recientes, con método axiomático, como los realizados por Goodman � Markowitz (1952) y culminados por Young (1974, 1975), o la �justificación parcial� proporcionada por Black (1976), hasta los tratamientos métricos de Cook � Seiford (1982) (a partir de de Kendall (1962)) y Farkas � Nitzan (1979), o las aproximaciones con metodología DEA, para llegar por fin la defensa de Saari en numerosos trabajos con técnicas de tipo geométrico que, hoy por hoy, le han convertido en el máximo valedor de la regla de Borda como procedimiento óptimo de decisión colectiva