El derecho a la interpretación y a la traducción en los procesos penalescomentario a la Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010

  1. Arangüena Fanego, Coral
Revista:
Revista General de Derecho Europeo

ISSN: 1696-9634

Año de publicación: 2011

Número: 24

Tipo: Artículo

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Resumen

Este artículo analiza de manera crítica la Directiva 2010/64/UE del parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales. Este derecho es el primero de una serie de medidas dirigidas al establecimiento de un catálogo de normas o garantías mínimas comunes en los procesos penales seguidos en la UE. Esta Directiva se refiere a la medida A del Plan de trabajo para reforzar los derechos procesales de sospechosos o acusados en los procesos penales , adoptado por el Consejo el 20 de noviembre de 2009. La presente Directiva tiene por objetivo garantizar el derecho a la interpretación y traducción para toda persona sospechosa o acusada que no hable o comprenda la lengua del proceso con vistas a garantizar su derecho a un juicio equitativo. . En ella se establecen normas mínimas comunes que deberán aplicarse en el ámbito de la interpretación y de la traducción en los procesos penales para aumentar la confianza mutua entre los Estados miembros. Para ello los Estados miembros deben tomar las medidas concretas que sean necesarias para asegurar el derecho a la interpretación y traducción gratuita, fidedigna y de calidad de actos orales y documentos escritos en las actuaciones policiales y judiciales. Los Estados miembros deberán adoptar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva antes del 27 de octubre de 2013.