El papel de la regulación en la llamada economía colaborativa

  1. José Carlos LAGUNA DE PAZ
Revista:
Revista de Estudios Europeos

ISSN: 1132-7170 2530-9854

Año de publicación: 2017

Título del ejemplar: Economía colaborativa

Número: 70

Páginas: 159-178

Tipo: Artículo

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Resumen

En la mayor parte de los casos, la llamada economía colaborativa da lugar a actividades económicas de prestación de servicios. En cuanto tal, se sujeta a las normas generales por las que se rige cualquier actividad económica. La experiencia indica que la mayor parte de los servicios requieren también algún tipo de regulación específica. Además, si se concluye que los nuevos servicios tienen la misma naturaleza que los tradicionales, deben estar sujetos a la misma regulación. En cambio, si estos servicios presentasen rasgos diferenciales, no estaría justificado aplicarles la normativa de los servicios tradicionales. En algunos casos, sus peculiaridades podrían requerir una regulación específica o, cuanto menos, la adaptación del régimen jurídico anterior. Finalmente, también puede suceder que las nuevas prestaciones alteren sustancialmente los presupuestos sobre los que se asentaba la regulación anterior, lo que podría aconsejar la desregulación del sector.