La desaparición del silencio positivo de las licencias ambientales

  1. Iñigo Sanz Rubiales 1
  1. 1 Universidad de Valladolid
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    Universidad de Valladolid

    Valladolid, España

    ROR https://ror.org/01fvbaw18

Revista:
Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica: Nueva Época

ISSN: 1989-8975

Año de publicación: 2019

Número: 11

Páginas: 96-105

Tipo: Artículo

DOI: 10.24965/REALA.V0I11.10587 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

La Ley de Procedimiento Administrativo Común de 2015 mantiene la regla general del silencio administrativo positivo, pero incorpora la excepción ambiental, cuando la actividad pueda producir daños al medio ambiente, en cuyo caso el silencio será negativo. Esta previsión debe aplicarse al régimen de licencias de actividad, regulado de forma heterogénea por las diversas Comunidades Autónomas. El Tribunal Constitucional ha confirmado la primacía de esta regulación básica en su sentencia 70/2018.

Información de financiación

Este trabajo se enmarca en el proyecto “Fundamentos de una codificación del Derecho Administrativo general básico español”, DER2015-66525-P (MINECO-FEDER).

Financiadores

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