Clara Campoamor y el sufragio femenino en la Constitución de la Segunda República

  1. Gilbaja Cabrero, Estela
Revista:
Asamblea: revista parlamentaria de la Asamblea de Madrid

ISSN: 1575-5312

Año de publicación: 2013

Número: 29

Páginas: 293-312

Tipo: Artículo

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Resumen

Las mujeres españolas no pudieron votar hasta 1931, cuando se les reconoció este derecho en la Constitución de la Segunda República. Tal reconocimiento no fue sencillo, debido a la oposición de parte de los miembros de las Cortes Constituyentes. Algunos querían simplemente excluir a la mujer de la vida política. Otros pensaban que la mujer debía votar, pero más adelante, ya que creían que aún no era lo suficientemente independiente de la Iglesia, el marido o el padre. Por último, estaban aquéllos que afirmaban que la democracia exige la participación de las mujeres. Ésta era la opinión de Clara Campoamor, que participó en la redacción de la Constitución y, tras un enorme esfuerzo, consiguió el reconocimiento de los derechos electorales de las mujeres. En este trabajo, estudiamos cómo se logró tal reconocimiento, utilizando los Diarios de Sesiones de las Cortes Constituyentes y los escritos de la propia Clara Campoamor