El contrato a favor de tercero
- Pérez Conesa, Carmen
- Alberto Bercovitz Rodríguez-Cano Director/a
Universidad de defensa: Universidad Autónoma de Madrid
Año de defensa: 1997
- Vicente Guilarte Zapatero Presidente
- Jacinto Gil Rodríguez Secretario/a
- Antonio Reverte Navarro Vocal
- José Manuel Lete del Río Vocal
- Rafael Ballarín Hernández Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El contrato a favor de tercero consiste en la celebracion de un contrato, que produce los efectos que le sean propios entre las partes que lo otorgan y, ademas, la atribucion de un derecho a un tercero ajeno al mismo. Esta figura supone una excepcion al principio general de la eficacia relativa de los contratos, recogido en el parrafo primero del articulo 1257 del codigo civil. Este mismo articulo, en su parrafo segundo, permite, en terminos generales, estipular en provecho de un tercero, al establecer que el tercero favorecido por la estipulacion contenida en un contrato puede exigir su cumplimiento. Las notas que lo caracterizan son la existencia de un contrato, un provecho dirigido a un tercero y el otorgamiento a este de un derecho propio y directo. En su estructura y funcionamiento, se asimila a la delegacion, pues por medio de ambas figuras se crean tres relaciones y sirven para lograr un doble efecto patrimonial por medio de una prestacion dirigida a un tercero.