LA SEGUNDA OPORTUNIDAD EN LA LEY CONCURSAL ESPAÑOLA
ISSN: 1608-1714
Año de publicación: 2019
Título del ejemplar: Revista de Derecho
Volumen: 20
Volumen: 1
Páginas: 115-159
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista de Derecho
Resumen
La Ley 25/2015, de reforma de la Ley Concursal, ha culminado el camino iniciado por el legislador con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización. Esta normativa ha modificado el régimen jurídico de la figura de la exoneración del pasivo insatisfecho, introducida en el año 2013. Se trata de una medida dirigida a otorgar al deudor persona física, honesto pero desafortunado, una segunda oportunidad para el ejercicio de la actividad empresarial o profesional, y no tener que verse abocado a la economía sumergida. No obstante, la presencia de determinados defectos de técnica jurídica desde su previsión inicial, implica la necesaria intervención de órgano judicial dirigida a la realización de una adecuada interpretación de carácter finalista.