El derecho de huelga del trabajador contratado por un empleador subcontratado mercantilmente

  1. Elena Cristina Tudor 1
  1. 1 Universidad de Valladolid
    info

    Universidad de Valladolid

    Valladolid, España

    ROR https://ror.org/01fvbaw18

Revista:
Trabajo y derecho: nueva revista de actualidad y relaciones laborales

ISSN: 2386-8090

Año de publicación: 2022

Número: 86

Tipo: Artículo

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Resumen

La primera parte del artículo presenta cómo el contexto actual de la especialización y la descentralización mercantil ha dado paso a la creación y a la utilización cada vez más frecuente de la subcontratación de los trabajadores. Todo ello, frente a un marco normativo antiguo que no está actualizado para dar respuesta a los problemas derivados del ejercicio de huelga por parte de un trabajador subcontratado. Expuestas estas circunstancias, se pasa a presentar el modo en que el Tribunal Constitucional ha salido al rescate del derecho de huelga del trabajador subcontratado en el caso Samoa, para que la última parte del artículo se dedique a presentar la evolución que ha conocido esta doctrina fijada en el caso Samoa, con especial referencia a las matizaciones que ha introducido el Tribunal Supremo en este sentido y a la doctrina que la interpreta.