Los animales de compañía en las crisis de pareja

  1. OLIVERA OLIVA, MIRYAM
Dirigida por:
  1. María Teresa Giménez Candela Director/a

Universidad de defensa: Universitat Autònoma de Barcelona

Fecha de defensa: 06 de octubre de 2022

Tribunal:
  1. José Javier de los Mozos Touya Presidente
  2. Susana Navas Navarro Secretario/a
  3. Gustavo Federico De Baggis Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 822747 DIALNET lock_openTDX editor

Resumen

Es propósito del presente estudio analizar, dentro del marco normativo español, las deficiencias legales que presentaba nuestro ordenamiento jurídico respecto del régimen jurídico aplicable a los animales de compañía antes de la reforma introducida por Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales y, en concreto, como afectaba a nivel jurisprudencial el tratamiento y destino de los animales como bienes muebles o semovientes en materia de crisis de pareja (separación, disolución matrimonial por divorcio o ruptura de pareja de hecho). Para ello, uno de los principales objetivos del presente estudio ha sido analizar de forma cronológica la jurisprudencia de nuestros Tribunales en materia de crisis de pareja, siempre que el objeto de discusión versaba sobre un animal de compañía para detectar, dentro de un análisis crítico, si el régimen jurídico aplicable a los animales de compañía como bienes muebles o semovientes era seguido por nuestros Tribunales o si, por el contrario, en materia de derecho de familia, optaban por interpretar la norma en ese momento aplicable de conformidad con la realidad social y considerar a los animales de compañía como seres sentientes. Además, se estudia la repercusión jurídica que, en materia de crisis de pareja, ha supuesto el cambio introducido por la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales por el que dejan de ser considerados meras cosas a ser reconocidos como seres vivos dotados de sensibilidad.