Reglamento (UE) 2024/1468 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de mayo de 2024 por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2021/2115 y (UE) 2021/2116 en lo que respecta a las normas en materia de buenas condiciones agrarias y medioambientales, los regímenes en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal, las modificaciones de los planes estratégicos de la PAC, la revisión de los planes estratégicos de la PAC y las exenciones de controles y sanciones180

  1. Sara García García
Revista:
Actualidad Jurídica Ambiental

ISSN: 1989-5666

Año de publicación: 2024

Número: 146

Páginas: 180-181

Tipo: Artículo

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Resumen

La Unión Europea vuelve a relajar o a matizar sus medidas en relación con la PAC. Se continúa así con acciones como las ya comentadas en esta revista en otras ocasiones que responden a las demandas que, aunque ya no copen los informativos, sigue realizando el campo; estas guardan relación, con carácter general, con una desmesurada burocracia, con las restricciones ambientales impuestas, con el peso –excesivo a juicio de aquellos- de la condicionalidad de la PAC y la pérdida de competitividad del sector, derivado de todo lo anterior, frente al producto de terceros países que no se encuentran sometidos a las restricciones de la Unión Europea, tal y como reclaman. (Véase Reglamento de ejecución (UE) 2024/587 de la Comisión de 12 de febrero de 2024 por el que se establece una excepción al Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la aplicación de la norma en materia de buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra (norma BCAM) 8, a las fechas de subvencionabilidad de los gastos con cargo a una contribución del FEAGA, y a las reglas aplicables a la modificación de los planes estratégicos de la PAC por cambios en algunos ecorregímenes para el año de solicitud 2024 ). En esta ocasión, se aprueba el Reglamento 2024/1468 que matiza el Reglamento 2021/2115 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC, conocidos como PEPACs), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Reglamento 2021/2116 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común, ambos relacionados con los requisitos para recibir y calcular las ayudas de la PAC. El grueso principal del Reglamento de 2024 consiste en aplicar pequeños cambios o matizaciones muy técnicas a los mencionados Reglamentos de 2021 y a cuya lectura nos remitimos. Ahora bien, en su conjunto, tienen como objetivo revisar y simplificar los Reglamentos 2021/2115 y 2116 con el fin de ofrecer mayor libertad a los Estados miembros para que adapten sus PEPACs y proporcionen «mayor flexibilidad» a los agricultores «para el ejercicio de sus actividades agrícolas, teniendo en cuenta los retos cada vez mayores, la imprevisibilidad de las condiciones meteorológicas y la incertidumbre económica». El objeto principal de estos cambios guarda relación con los criterios y margen de apreciación establecido para considerar cumplida o no una norma en materia de buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM), reconociendo la posibilidad de que circunstancias ajenas a la voluntad y actividad del agricultor o la sucesión de los diferentes fenómenos climáticos a los que están expuestos estos en su actividad, afecten a la ejecución de dichas normas, lo que aconseja reducir la severidad con que, hasta ahora, se valoraba su cumplimiento.